Este documento regula la relación de corretaje entre Century 21 La Heredad y el propietario del inmueble, conforme a la normativa colombiana vigente.
Honorarios según tipo de operación y ubicación
Mediante el presente acuerdo, el propietario autoriza a Century 21 La Heredad para que, en su nombre y representación comercial, lleve a cabo las gestiones necesarias para promover, ofrecer y concretar la venta o el arrendamiento del inmueble descrito en el formulario de consignación adjunto.
La Inmobiliaria actuará como agente intermediario independiente, sin constituir mandato con representación jurídica ni administración de bienes, conforme al Artículo 1340 y siguientes del Código de Comercio colombiano.
Century 21 La Heredad se compromete a:
Los honorarios corresponden a los porcentajes definidos en la Tabla de Comisiones, calculados sobre el precio final pactado (venta) o el canon mensual acordado (arrendamiento), más el IVA del 19% vigente.
Este acuerdo tiene una vigencia inicial de 6 meses a partir de la fecha de firma electrónica, prorrogable automáticamente por períodos iguales si ninguna de las partes manifiesta su intención de no renovarlo con al menos 15 días hábiles de antelación.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el acuerdo mediante comunicación escrita (correo electrónico o mensaje certificado), siempre que no exista una negociación en curso iniciada por la Inmobiliaria.
Este acuerdo no otorga exclusividad salvo que se pacte expresamente por escrito. Sin pacto de exclusividad, el propietario podrá consignar el inmueble con otras inmobiliarias, pero queda obligado a notificarlo.
Si el propietario opta por un mandato exclusivo, se suscribirá un otrosí que detallará las condiciones especiales de comercialización acordadas.
En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, el propietario autoriza a Century 21 La Heredad para recolectar, almacenar y usar sus datos personales con los siguientes fines:
Los datos no serán cedidos a terceros ajenos al proceso. Para ejercer derechos de acceso, corrección o supresión escribir a comercial@c21laheredad.com.
Las partes acuerdan que la firma electrónica realizada en el formulario adjunto tiene plena validez jurídica conforme a la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012, equivaliendo a la firma autógrafa.
El registro de IP, fecha, hora y contenido del formulario constituye evidencia de la aceptación. Una vez firmado, se generará automáticamente un PDF del contrato enviado al correo registrado y archivado en los sistemas de Century 21 La Heredad.
En caso de controversia, las partes intentarán resolverla de manera directa en un plazo de 15 días hábiles. De no lograrse acuerdo, se acudirá a los mecanismos de la Lonja de Propiedad Raíz de Antioquia o a los jueces competentes de la ciudad de Medellín, Colombia.
Complete el formulario con sus datos para formalizar su aceptación digital